La Universidad Estatal del Valle de Ecatepec, con fundamento en lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación en la fracción III del artículo 1°, la Ley General de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y la Norma Mexicana-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación, manifiesta su interés en integrar, implementar y ejecutar dentro de sus procesos de gestión y de recursos humanos, prácticas para la Igualdad Laboral y la No Discriminación que favorezcan el desarrollo integral del personal docente y administrativo que labora en esta dependencia, con base en el objetivo, principios y acciones de la siguiente:
Política de Igualdad Laboral y No Discriminación de la
Universidad Estatal del Valle de Ecatepec
Objetivo:
Promover la cultura de respeto y cumplimiento de la igualdad y no discriminación en el ámbito laboral y establecer un compromiso con todo el personal sin importar el tipo de contrato para salvaguardar los derechos de las personas que prestan sus servicios en la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec, removiendo y modificando todo aquello que sea obstáculo para el pleno goce de sus derechos humanos y laborales.
Alcance:
La presente Política de Igualdad Laboral y No Discriminación es aplicable a profesores/profesoras, administrativos/administrativas, directivos/directivas, que laboren bajo cualquier esquema de contratación ya sea parcial o total, de estructura y/o por honorarios en la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec.
Para alcanzar el objetivo, el Rector maestro José Arturo Camacho Linares se compromete a dar cumplimiento de la Política de Igualdad Laboral y No Discriminación. Así como la Alta Dirección se compromete a promover una cultura de igualdad laboral y rechazo a cualquier tipo de discriminación hacia las personas en el aspecto laboral y condiciones de empleo, prohibiendo de manera explícita el maltrato, violencia y segregación hacia el personal y entre el personal mediante el respeto a los siguientes:
Principios Generales
Igualdad Laboral y No Discriminación
Mediante la proscripción de todo acto, práctica o procedimiento en el trabajo que implique distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional, ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de la piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil o conyugal, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo.
También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia.
Igualdad Sustantiva de Oportunidades
Mediante la creación, reforma o adicción de disposiciones y procedimientos que asegure el acceso a las mismas oportunidades de trabajo, considerando las diferencias, biológicas sociales y culturales de las personas, así como en los procesos de ascenso y permanencia en el trabajo.
Fomento y Protección a la Igualdad Afectiva entre Hombres y Mujeres
En la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec, el acceso al empleo, formación, desarrollo, promoción profesional y condiciones de trabajo, se respetará la diversidad de género como manifestación de la realidad social y cultura. Estos principios se observarán de manera objetiva, imparcial y confidencial, mediante al ejercicio de las siguientes acciones:
Reforzar el compromiso de la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec con la igualdad efectiva de oportunidades entre mujeres y hombres, tanto en la organización como en sus funciones, y asegurar el desarrollo profesional de todo el personal, removiendo los obstáculos que puedan impedir o limitar su carrera, así como analizar medidas de acción positivas para corregir las desigualdades que se presenten para fomentar a cargos de responsabilidad en donde estos tengan escasa o nula representación.
Potenciar mecanismos y procedimientos de selección y desarrollo profesional que faciliten la presencia de mujeres y hombres con la calificación necesaria en todos los ámbitos de la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec, en representación igualitaria, incluyendo programas de formación y seguimiento de desarrollo profesional para todos.
Procurar una representación equilibrada en los diferentes órganos y niveles de toma de decisiones permitiendo que mujeres y hombres participen en condiciones de igualdad de oportunidades en todos los ámbitos de consulta y decisión de la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec.
Fomentar la organización de las condiciones de trabajo con perspectiva de género, permitiendo la armonía entre la vida laboral y familiar de las mujeres y hombres que trabajan en la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec, velando por la eliminación de todas las discriminaciones por motivos de género.
Estimular formas y medios de conciliación que aseguren el respeto de la vida personal y familiar del personal que labora en la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec y faciliten el mejor equilibrio entre esta y las responsabilidades laborales entre mujeres y hombres.
Promover la colaboración para fomentar la presencia de mujeres en carreras y programas de formación relacionadas con las actividades de la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec en donde su presencia sea sustancialmente menor con comparación con los hombres.
Favorecer la lucha contra la violencia de género mediante el establecimiento de programas específicos que incluyan medidas de protección, apoyo e información para las víctimas de estos hechos.
Asegurar la formación y el entrenamiento de las y los servidores públicos en los conocimientos y habilidades necesarios para el desarrollo adecuado de su trabajo.
Apoyar a las personas trabajadoras con capacidades diferentes, promoviendo su ocupación y desarrollo profesional efectivo.
Impulsar la comunicación transparente estimulando la innovación y reconocer la autonomía necesaria al profesional en el ejercicio de sus funciones.
Desarrollar la igualdad de oportunidades, mediante el compromiso permanente de practicar y demostrar un trato equitativo que favorezca la progresión personal, profesional y humana en igualdad de condiciones del personal que labora en la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec en los siguientes ámbitos:
Contratación de trabajo en la que se garantice igualdad de oportunidades y remuneración, eliminando diferencias salariales por la razón de condiciones personales, físicas o sociales; como sexo, estado civil, simpatías o amistades en los actos y procedimientos de selección de personal.
Promoción, desarrollo profesional y compensación, mediante acciones de evaluación de conocimientos y habilidades necesarias para realizar el trabajo a través de la evaluación de objetivos y desempeño en el trabajo encomendado.
Emplear el lenguaje incluyente que elimine cualquier forma de discriminación en cualquier tipo de comunicación oficial interna y externa.
Queda prohibida la solicitud de certificados médicos de no embarazo, pruebas de Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) en los procesos de ingreso, permanencia y ascenso de categoría.
El responsable para la evaluación, implementación, difusión y seguimiento de la presente política, así como de los objetivos de la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación, es el Comité de Igualdad Laboral y No Discriminación de la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec.
El Comité de Igualdad Laboral y No Discriminación de la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec es responsable de vigilar el desarrollo e implementación de prácticas de igualdad laboral y no discriminación en los centros de trabajo.
A T E N T A M E N T E
“Non nova, sed secus nova”
Maestro José Arturo Camacho Linares
Rector
Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Art 1°, Fracción lll, dice “Discriminación: Para los efectos de esta ley se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo; También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia”.